No es lo mismo mediación que representación. En la mediación inmobiliaria facilitamos el acuerdo entre comprador y vendedor, coordinamos la operación y trabajamos para que la compraventa llegue a buen término. En este contexto, el cobro de honorarios a ambas partes, conocido como doble corretaje, es jurídicamente posible. Pero no basta con comunicar una comisión al comprador.
¿Qué debería tener en cuenta un gerente que quiera implantar este modelo en su agencia?
1️⃣ Transparencia desde el primer momento. Informar de los honorarios en la publicidad y antes de que el comprador contrate. Nada de sorpresas después de visitar la vivienda.
2️⃣ Un encargo de servicios por escrito. El comprador debe conocer y aceptar los servicios, el precio, las condiciones de pago y los derechos que le correspondan.
3️⃣ Servicios reales y diferenciados. No hablamos de personal shopper ni de cobrar por abrir una puerta. Hablamos de revisión documental, seguridad jurídica, análisis técnico de la vivienda y acompañamiento hasta la firma en notaría. Hay servicios al vendedor que no se pueden duplicar
4️⃣ Claridad con ambas partes. El vendedor y el comprador deben conocer nuestro papel como mediadores, los servicios que prestamos y los honorarios que hemos pactado con cada uno.
La clave no es cobrar dos comisiones. Es asumir dos compromisos de servicio claros y justificables. Y hay algo que no debemos olvidar: nuestro objetivo es que el comprador pueda realizar una compra segura y sin incidencias evitables, y que el vendedor pueda completar su venta con garantías.
Si queremos profesionalizar el sector, tenemos que empezar por explicar mejor qué hacemos, cómo lo hacemos y por qué cobramos. ¿Tenéis definido y documentado el servicio que ofrecéis al comprador cuando le cobráis honorarios?
